Convocatoria Ayudas Sociales de 2020 del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón

En el año 2020, las ayudas sociales para el municipio de Olmedilla de Alarcón, se distribuirán por áreas, de la forma siguiente:

 

  1. AYUDAS EN MATERIA DE EDUCACION. 
  2. AYUDAS EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL. 

1.- AYUDA POR JUBILACIÓN O VIUDEDAD. 

2.- AYUDA POR INVALIDEZ, MINUSVALÍA (SUPERIOR AL 33%) O SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 

3.- AYUDA POR SITUACIÓN DE DESEMPLEO. 

4.- AYUDA POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR. 

5.- AYUDA PARA GASTOS SANITARIOS. 

6.- AYUDA POR NACIMIENTO DE HIJO/A. 

  1. AYUDAS EN MATERIA DE APOYO A INDUSTRIA Y EMPRESAS. 

1.- APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTO DEL EMPLEO. 

2.- APOYO ECONÓMICO A EMPRESAS –PYMES O AUTÓNOMOS- DE NUEVA CREACIÓN CON DOMICILIO FISCAL EN EL MUNICIPIO. 

3.- APOYO ECONOMICO PARA LA CONSTRUCCIÓN O REFORMA INTEGRAL DE LOCALES COMERCIALES Y DE NAVES INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS, O GANADERAS.

4 APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE REDACCIÓN, DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN O REFORMA INTEGRAL DE LOCALES COMERCIALES Y DE NAVES INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS, O GANADERAS.

5.- APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE INVERSIÓN PARA RENOVACIÓN O MEJORA DE EQUIPAMIENTO, ADQUISICIÓN DE NUEVO EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS O MAQUINARIA PARA LA ACTIVIDAD AGRICOLA O GANADERA.  

6.- APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE INVERSIÓN PARA RENOVACIÓN O MEJORA DE EQUIPAMIENTO, ADQUISICIÓN DE NUEVO EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS O MAQUINARIA PARA EMPRESAS, PYMES O AUTONOMOS DE LA LOCALIDAD QUE DESTINEN A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL O COMERCIAL.  

  1. AYUDAS PARA ASOCIACIONES.  
  2. AYUDAS EN MATERIA DE VIVIENDA. 

1.- APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE REDACCIÓN, DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD PARA PROYECTOS DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS 

2.- AYUDA PARA LA CONSTRUCCION DE NUEVAS VIVIENDAS  

3.- AYUDA PARA LA REFORMA DE VIVIENDAS (TEJADOS, ASEOS, COCINAS Y FACHADAS)  

E.4.- AYUDA PARA LA ADECUACION CLIMATICA DE VIVIENDAS (VENTANAS, PERSIANAS, PUERTAS Y CALEFACCIONES …)  

  1. AYUDAS PARA GASTO ENERGETICO.

 

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Bases:

De conformidad con el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 18 de diciembre de 2020, se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de Ayudas Sociales 2020, en concordancia con la ordenanza general de subvenciones aprobada por este Ayuntamiento :

 

“BASES GENERALES AYUDAS SOCIALES CONVOCATORIA 2020.

El importe total de las ayudas vendrá determinado por la disponibilidad presupuestaria, del presupuesto municipal del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón.

Las solicitudes serán resueltas en función del registro de entrada en el Ayuntamiento, siempre y cuando, la documentación a aportar estuviese completa. Si se agotase la partida presupuestaria para la anualidad en vigor, se tramitará el expediente de modificación de créditos de acuerdo con el RD 2/2004 del texto refundido de las haciendas locales.

 

1.- BENEFICIARIOS:

Podrán solicitar las ayudas todos los empadronados mayores o menores de edad que lleven más de dos años de empadronamiento en el municipio de Olmedilla de Alarcón, a fecha 1 de Enero de 2020. Las ayudas por nacimiento de hijo quedarán condicionadas al empadronamiento en el municipio de Olmedilla de Alarcón del hijo nacido durante el periodo de liquidación de la ayuda. A excepción de las ayudas educativas que no requerirán empadronamiento mínimo en el municipio.

En el caso de ayudas cuyos beneficiarios fuesen menores, podrán actuarán sus padres o tutores en representación de los mismos.

 

2.- PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes natural desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes deberán presentarse ante el Registro General del Ayuntamiento de Olmedilla, en horario de oficina de 9.00h a 14:00 horas, o en cualquiera de las fórmulas previstas de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

 

3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE.

La documentación general a presentar para todas las solicitudes será el modelo normalizado de solicitud junto con la documentación requerida y específica para cada ayuda.

 

4.- DOCUMENTACIÓN ADICIONAL.

En cualquier momento podrá exigirse al solicitante la aportación de datos o documentos adicionales que aclaren los ya aportados, siempre que estos se consideren necesarios para la comprobación de los requisitos establecidos en las bases generales y específicas.

La no aportación de la documentación que obligatoriamente exige la convocatoria para el reconocimiento de cada una de las ayudas solicitadas llevará consigo la denegación de las mismas.

 

5.- CRITERIOS PARA LA CUANTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS.

En las ayudas que precisen una justificación del gasto, la cuantía concedida nunca sobrepasará el gasto real. Como gasto real se entiende el acreditado mediante justificantes, el cual podrá ser comprobado por la Administración, en cualquier momento del procedimiento de la convocatoria

 

6.- RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS.

Las ayudas serán resueltas por la Alcaldía en el plazo de tres meses desde su solicitud, siempre y cuando la documentación exigible estuviese completa. La alcaldía podrá solicitar los informes previos que considere pertinentes.

Contra la resolución, el solicitante podrá interponer recurso de reposición ante la ALCALDIA del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 Y 124  de la ley 39/2015 de 1 do Octubre del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contando ambos plazos a partir del día siguiente al de su notificación, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

 

7. PAGO

Una vez resueltas las Ayudas, se procederá al pago de las ayudas a cada beneficiario mediante transferencia bancaria, una vez aportada la ficha a terceros (modelo oficial del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón).

No se realizará el pago de la ayuda si el solicitante o en su caso el padre/madre/tutor del beneficiario no se encontrara al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal. La verificación de la no existencia de deudas con la Hacienda Municipal se realizará de oficio por los servicios municipales.

En caso de existir deudas con la Hacienda Municipal, el área de intervención se lo notificara al beneficiario/s por escrito, teniendo éste, diez días naturales a partir de la recepción del escrito para abonar o liquidar dicha deuda.

 

8. COMITÉ DE VALORACIÓN.

El comité de valoración formado por Alcaldía y servicios técnicos del Ayuntamiento, para los casos especiales e interpretaciones a resolver en las solicitudes cursadas, así como informar sobre los posibles recursos, a petición de alcaldía.

 

9. COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS.

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria son compatibles con otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre-financiación en el gasto objeto de la presente convocatoria de ayudas.

 

10. ABONO DE LA AYUDA Y JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.

1. Una vez aprobada la resolución se procederá al pago de la ayuda concedida al beneficiario mediante transferencia bancaria a la cuenta que este haya designado en su solicitud.

2. De conformidad con lo dispuesto en estas bases la ayuda concedida se abonará al beneficiario en único pago al finalizar la la resolución de concesión de las ayudas solicitadas.

3. El importe justificado habrá de ser igual o superior a la cuantía de la ayuda concedida. Caso de no poder justificarse la totalidad de la ayuda recibida se procederá al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas. No se considerarán válidos los recibos o justificantes bancarios en los que no consten los datos citados, ni aquellos que contengan enmiendas o tachaduras.

4. No obstante, lo anterior, el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón podrá solicitar cualquier documento que estime necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles, así como los que resulten precisos en virtud del ejercicio de las facultades de control.

 

11. REINTEGRO DE CANTIDADES.

El órgano competente de oficio solicitará el reintegro de las cantidades percibidas, bien por propia iniciativa, como consecuencia de orden de órgano superior, a petición razonada de otro órgano o por denuncia. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, previa tramitación del oportuno expediente, en los siguientes supuestos:

– Si no se hubiese destinado la subvención a los fines y actividades para los que fue concedida.

– Si se hubiesen falseado los datos de la solicitud y/o de la documentación exigida.

– Pérdida de las circunstancias determinantes de la concesión de la ayuda.

– Si se hubieran incumplido las obligaciones establecidas.

– En los demás supuestos establecidos en la ordenanza municipal de subvenciones.

Las personas beneficiarias deberán proceder, así mismo, al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de los gastos subvencionados.

 

12. PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.

1. El procedimiento de reintegro de la totalidad o parte de la subvención concedida, se ajustará a lo regulado en la ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

2. Dicho reintegro se efectuará mediante ingreso en el número de cuenta del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, designada al efecto.

 

13. INFRACCIONES Y SANCIONES.

El régimen de infracciones y sanciones se ajustará a lo establecido en la ordenanza municipal de subvenciones y ayudas del ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón.

 

14. INTERPRETACIÓN.

1. Cualquier duda que pudiera surgir en torno a la interpretación de estas bases, será resuelta por la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento. Y en auxilio con el comité de valoración.

2. Será de aplicación en todo aquello que no hubiera sido contemplado en las presentes bases, la ordenanza municipal de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 2l de julio, así como demás normativa concordante y de pertinente aplicación.

 

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.

Entrada en vigor. La presente convocatoria de ayudas entrará en vigor una vez su texto se haya publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la provincia de Cuenca y haya transcurrido el plazo previsto la Ley 7/1 985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local

 

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

Estas ayudas tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2020, excepto para las ayudas en materia de educación que tendrán carácter retroactivo desde el inicio del curso escolar 2019-2020.

 

 

A) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN MATERIA DE EDUCACION.

A.1.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

Los gastos a los que se enfrenta una familia al inicio del curso escolar son muy significativos; el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón comprende el esfuerzo económico que supone a las familias de nuestra localidad las matriculas, compra de libros de texto y material escolar, para todas las personas que estén cursando algún tipo de enseñanza, entendiendo ésta como personas matriculadas en el currículo marco de educación y personas matriculadas en algún máster de más de 250 horas anuales.

Es una forma de potenciar la educación y cultura de nuestro municipio, como máximo serán subvencionables la subvención de dos anualidades por curso académico.  

 

A.2.- CUANTIA, PARTIDA PRESUPUESTARIA

El importe de la Ayuda será de 315€/ alumno y curso académico, a excepción de aquellos alumnos que asisten al colegio público de Olmedilla de Alarcón que recibirán las ayudas de forma directa y en especie.

Estas ayudas serán compatibles con otras concedidas por otras administraciones públicas o entidades privadas.

En cualquier caso, será obligación de los beneficiarios comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca en el plazo de 20 días y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, mediante una declaración responsable.

 

A.3.- DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

Las enseñanzas a subvencionar deberán estar encuadradas dentro del Sistema Educativo Oficial conforme a la siguiente estructura:

• Educación Secundaria Obligatoria

• Bachillerato

• Educación superior

• Aprendizaje a lo largo de la vida

• Formación Profesional

• Enseñanzas artísticas

• Enseñanzas-deportivas

• Enseñanzas de idiomas

• Enseñanzas universitarias

 

A.4.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Los beneficiarios de la ayuda quedarán obligados a:

• Destinar el importe de la ayuda en su integridad al pago de matrículas, adquisición de libros de texto, demás material escolar y clases de Formación o apoyo, propios del curso académico para el que se haya solicitado la ayuda.

• Matricularse en el curso académico que corresponda y asistir a sus actividades lectivas.

• Cooperar con el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón en cuantas actividades lúdicas, culturales y recreativas que realice durante el año.

A.5.- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE

1 Solicitud según el MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA EDUCATIVA.

2 DECLARACION RESPONSABLE de Residencia efectiva en el municipio más de 180 días., firmada por los padres o tutores o quien tenga la custodia legal o del propio solicitante.

3 DECLARACION RESPOSABLE DE ASISTENCIA Y PARTICIPACION EN LA FORMACION.

4 Fotocopia del Libro de Familia. (Si la solicitud es formulada por el padre, madre o tutor legal)

5 Documento que acredite estar matriculado en cualquiera de los cursos anteriormente expuestos.

A.6.- VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos o la negativa a colaborar en cuantas actividades lúdico, culturales y recreativas que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, a petición de éste, realizase durante el año sin causa justificada, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La verificación de la matriculación de los solicitantes podrá realizarse en cualquier momento de oficio por el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en esta convocatoria.

 

B) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.

Las Ayudas por jubilación o viudedad, invalidez, minusvalía, dependencia o desempleo, no serán acumulativas, por tanto, los solicitantes solo podrán acogerse a una de ellas por año.

 

B.1.- AYUDA POR JUBILACIÓN O VIUDEDAD.

1 OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

Se establece una ayuda para toda persona jubilado/a, viudo/a.

Esta ayuda tiene por objetivo que con los bajos recursos con los que cuentan los destinatarios suplir las necesidades para gastos personales y mantenimiento del hogar de las personas beneficiadas.

 

2 CUANTIA.

Se establece una cuantía de 315 € por persona y año que cumplan con los requisitos.

En el caso de tener cónyuge a cargo empadronado en el municipio que no cumplan ninguna condición anterior se estable una cuantía supletoria para el cónyuge de 105 €.

 

3 DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

  • Las personas que se encuentren en situación de jubilación, estén empadronadas en el municipio y residan en el mismo.
  • Personas que acrediten la condición de viudedad antes del 31 de diciembre de 2020, estén empadronadas en el municipio y residan en el mismo.

 

4 OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Los destinatarios deberán destinar el importe como complemento a su pensión para los gastos personales y de mantenimiento del hogar.

5 DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE.

  • MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
  • Libro de familia. (Cuando proceda)
  • Documento que acredite la identidad (DNI/NIE…)
  • Declaración Jurada de residencia efectiva.
  • Documento acreditativo de la condición de jubilado. (Para los casos de ayuda por jubilación)
  • Documento acreditativo de la condición de viudedad. (Certificado de la Seguridad Social o Fe de Vida y estado). (Para los casos de ayuda por viudedad)

 

6 VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

B.2.- AYUDA POR INVALIDEZ, MINUSVALÍA (SUPERIOR AL 33%) O SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

 

1 OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

a. Se establece una ayuda para toda persona que tenga una invalidez o minusvalía y necesite de ayuda para su completo estado de bienestar.

b. Pensionistas como complemento a su pensión la ayuda tiene por objeto que con los bajos recursos con los que cuentan los destinatarios suplir las necesidades personales y para mantenimiento de los gastos del hogar

c. Para la contratación de personal que ayude a atender a la persona dependiente en cuestión.

 

2 CUANTIA.

Se establece una cuantía de 315 € por persona y año que cumplan con los requisitos. En el caso de tener cónyuge a cargo empadronado en el municipio que no cumplan ninguna condición anterior se estable una cuantía supletoria para el cónyuge de 105 €.

3 DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

Serán personas que se encuentren en situación de minusvalía o dependencia, estén empadronados en el municipio y residan en el mismo.

4 OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Los destinatarios deberán destinar el importe como complemento a su pensión para los gastos personales y de mantenimiento del hogar.

 

5 DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE.

  • MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
  • Libro de familia. (Cuando proceda)  
  • Documento que acredite la identidad (DNI/NIE….)
  • Declaración Jurada de residencia efectiva.
  • Certificación medica que acredita la condición de minusválido o pensionista y las necesidades que se tengan. O certificado de dependencia.

 

6 VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

B.3.- AYUDA POR SITUACIÓN DE DESEMPLEO.

 

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

a. Se establece una ayuda para toda persona en situación de desempleo con más de 122 días desempleado durante el ejercicio, aunque lo sea por periodos alternos.  

 

2. Esta ayuda tiene por objetivo que con los bajos recursos con los que cuentan los destinatarios suplir las necesidades para gastos personales y de mantenimiento del hogar.

3. CUANTIA.

Se establece la cuantía de 315€ por persona y que cumplan con los requisitos. En el caso de tener cónyuge a cargo empadronado en el municipio que no cumplan ninguna condición anterior se estable una cuantía supletoria para el cónyuge de 105 €, siempre que sea dependiente económicamente del beneficiario de la subvención.

 

4. DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

Serán las personas que se encuentren en situación de desempleo, estén empadronados en el municipio y residan en el mismo, personas que estén desempleadas y que acrediten más de 122 días como demandantes de empleo, mediante certificado de periodos de inscripción del SEPECAM.

5. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Los destinatarios deberán destinar el importe para los gastos de manutención del hogar.

6. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE

  • MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
  • Documento que acredite la identidad (DNI/NIE…)
  • Declaración Jurada de residencia efectiva.
  • Certificado de periodos de inscripción del SEPE, donde acredite el número de días desempleado.

 

7. VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

B.4.- AYUDA POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR.

 

1) OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

a. Contribuir a sufragar los gastos de sepelio (Nicho o fosa, ataúd, lapida …)  de alguna persona empadronada en el municipio, que haya fallecido.

 

2) CUANTIA, PARTIDA PRESUPUESTARIA.

a. Se establece la cuantía única de 315,00€ por persona fallecida.

 

3) DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

a. Serán familiares de la persona fallecida hasta 3º grado de consanguinidad o afinidad y que la persona fallecida este empadronada en el municipio

4) OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

Los destinatarios deberán destinar el importe para los gastos de entierro de la persona fallecida.

5) DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE

• MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.

• Libro de familia o justificante de parentesco entre el beneficiario de la Ayuda y la persona fallecida.

• Certificado de defunción del fallecido.

• Justificantes del gasto de sepelio, que vengan a nombre del beneficiario de la subvención como pagador de los mismos.

 

6) VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

B.5.- AYUDA PARA GASTOS SANITARIOS.

1) OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

Contribuir a sufragar los gastos de determinados tratamientos médicos no cubiertos o sólo cubiertos en parte por la Seguridad Social o se demoren en el tiempo.

2) CUANTIA Y CONCEPTOS DE AYUDA.

Se establecen las cuantías que se relación en la siguiente tabla.

Gafas

(Deberán aportar la prescripción facultativa de uso) Cristales Se subvencionará un máximo 250€. Se subvenciona el 50% del gasto.

Monturas Máximo 200 € cada 2 años. Se subvenciona el 50% del gasto

Lentillas Máximo 200 € anual.  Se subvenciona el 50% del gasto

Audífonos, pilas y elementos para los audífonos.

(Deberán aportar la prescripción facultativa de uso) Audífonos Se subvenciona máximo 2.000 €, cada 4 años. Se subvenciona el 50% del gasto

Pilas Se subvenciona máximo 100€ (año). Se financia el 50% del gasto.

Elementos auditivos Se subvenciona máximo 300€ (año). Se financia el 50% del gasto.

Dentaduras, implantes o tratamientos dentales.

 

No serán subvencionables aquellos tratamientos estéticos como blanqueamientos … , sino solo aquellos por cuestiones de salud Dentaduras Se subvenciona máximo 2.000€, cada 4 años. Se subvenciona el  50% del gasto.

 

Implantes

Se subvenciona máximo 2.000€, cada 4 años. Se subvenciona el  50% del gasto.

Otros Tratamientos (empastes, limpiezas etc.…)

Se subvenciona máximo 1.000€, al año. Se subvenciona el  50% del gasto.

Fisioterapeutas o similares. Tratamientos de contracturas, esguinces o problemas de salud. Nunca tratamientos experimentales etc.… Se subvencionará máximo 500€ al año. Subvencionando el  50% del gasto.

Tratamientos psicológicos, patológicos etc… (Demorados por la seguridad social) Tratamientos o problemas de salud. Nunca tratamientos experimentales etc.…

Siempre bajo prescripción médica. Se subvencionará máximo 500€ al año.  Subvencionando el  50% del gasto.

Ortopedias, Prótesis o similares Prótesis, sillas de ruedas etc… , ortopedias  bajo prescripción médica. Se subvencionará máximo 1.000€.  Subvencionando el  50% del gasto.

No se considerarán como gastos cubiertos los derivados de reparaciones de prótesis, compra de productos farmacéuticos, líquidos para lentillas y otros productos de limpieza o conservación para prótesis, etc… así como las consultas, informes, o los tratamientos de medicinas alternativas, servicios termales, natación o similares.

La cuantía máxima anual por gastos sanitarios será de 2.000€ y siempre deberán estar justificados dichos gastos por prescripción facultativa.

 

3) DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS.

 

Serán personas que estén empadronadas en el municipio, residan en el mismo y    necesiten tratamientos de índole sanitaria.

 

4) OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

 

Los destinatarios deberán destinar el importe para sufragar los gastos de los diversos tratamientos sanitarios., deberán tener asignados a los facultativos del consultorio médico local en atención primaria sanitaria.

 

5) DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE

  • MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
  • Declaración Jurada de residencia efectiva.
  • Copia de la Tarjeta Medica con los facultativos que asisten al consultorio médico local de Olmedilla de Alarcón.
  • Certificado de necesidad del tratamiento en cuestión por algún facultativo en la materia.

 

– Para los tratamientos médicos cubiertos por la Seguridad Social que se vieran demorados en el tiempo injustificadamente o resultaran notoriamente insuficientes, justificación documental que acredite dichos extremos.

– Fotocopia compulsada del informe médico justificativo de la necesidad de prótesis o tratamiento, excepto para prótesis dentales.

– En el caso de gafas será suficiente la prescripción óptica.

– En el caso de alimentos especiales Documento médico que acredite la alergia o la necesidad.

 

  • Factura original o compulsada del gasto realizado a nombre del beneficiario de la ayuda.

 

6) VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

 

6.- BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDA POR NACIMIENTO DE HIJO/A.

 

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a las familias para contribuir a atender las necesidades que se originan por el nacimiento de un hijo/a.

 

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único por nacimiento de hijo/a, que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

 

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a los nacimientos de hijo/a que se produzcan durante el año natural dentro de una familia nuclear, monoparental o cualquier otro tipo de familia, dentro de lo que contempla el ordenamiento jurídico español, y que los miembros que la integran esté empadronado en el término municipal antes del 1 de enero de 2020.  

A los efectos de las presentes bases, el rango del hijo se definirá en relación con la persona beneficiaria, y sólo se tendrán en cuenta los hijos biológicos o adoptados de la misma sobre los que tenga atribuidos la guarda y custodia.

 

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Podrán obtener la condición de persona beneficiaria cualquiera de los progenitores del niño o la niña, titulares del Libro de Familia, que tengan atribuida la guarda y custodia del hijo o la hija que origina la ayuda prevista en las presentes bases.

2.- En el supuesto de guarda y custodia compartida entre los progenitores, establecida en resolución judicial, deberán acordar entre ellos quién será la persona beneficiaria de la ayuda, mediante documento de acuerdo.

3.- Que el / la nacido/a se inscriba en el Registro Civil de Olmedilla de Alarcón y sea empadronado en el municipio de Olmedilla de Alarcon.

4.- Que el nacimiento se produzca dentro de una familia con residencia legal y empadronada en el Municipio de Olmedilla de Alarcón, debiendo acreditar, los progenitores, que figuran en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento.

 

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

1.- La cuantía de la ayuda única por el nacimiento de hijo/a será de 3.150 €, pagados en cinco anualidades, durante la cuales se mantendrán las condiciones establecidas en las presentes bases.

2.- En caso de parto múltiple la cuantía de la ayuda a la que se refiere el punto anterior se multiplicará por el número de hijos habidos.

 

6.- DOCUMENTACIÓN.

 

  • MODELO DE SOLICITUD AYUDAS SOCIALES MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL.
  • Declaración jurada de residencia efectiva en el municipio por parte de los progenitores.
  • Fotocopia del DNI de los progenitores o documento que acredite su personalidad. En el caso de extranjeros documento que acredite su residencia legal en España.
  • Fotocopia compulsada del libro de familia en la que está incluido el hijo o la hija que da derecho a la ayuda de este Reglamento.
  • En caso de nulidad matrimonial, separación judicial o divorcio de la persona solicitante, fotocopia de la resolución judicial que atribuya la guarda y custodia del hijo o de la hija que origina la ayuda. Así mismo, en el supuesto de guarda y custodia compartida establecida en resolución judicial del hijo de la hija que origina la ayuda, firma del acuerdo respecto quién va a ser el solicitante de la ayuda.

 

7.- CONCURRENCIA DE AYUDAS.

1.- Un mismo hijo o una misma hija no podrá computar a los efectos del apartado 3 en las solicitudes de varias personas beneficiarias formando parte de unidades de convivencia diferentes.

2.- La ayuda prevista en las bases será compatible con otras que, para la misma finalidad, concedan o puedan establecer otras Administraciones Públicas, asociaciones o fundaciones.

 

8.- VERIFICACIÓN.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

 

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

C) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN MATERIA DE INDUSTRIA Y EMPRESAS.

 

C.1.- APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTO DEL EMPLEO.

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a empresas, PYMES, Comunidades de bienes, autónomos para la creación de empleo, con la finalidad de crear empleos, fijos y de calidad y apostar por la reducción del desempleo en el municipio.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las empresas, PYMES, o autónomos que durante el ejercicio hayan contrato personal durante tiempo completo o parcial, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo. Y dentro de las posibilidades disponibles

 

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar constituido como empresa, autónomo, Pyme etc…

2.- Domicilio fiscal del negocio este en el término municipal de Olmedilla de Alarcón.

3.-Que hayan contratado personal que este desempleado, figuren como demandantes de empleo y estén empadronadas en el municipio.

4.-  Contrato y alta en la seguridad social con una duración, aunque sea por periodos acumulativos, siempre que el cómputo que corresponda para la concesión de la Ayuda correspondiente.

 

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece las cuantías siguientes en función del tiempo de contrato de la persona contratada, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que el contrato haya sido producido dentro del año 2020.

JORNADA DURACIÓN CONTRATO IMPORTE SUBVENCIÓN

Completa 100% 3 meses (92 días) 300,00 €

Completa 100% 6  meses (180 días) 500,00 €

Completa 100% 12 meses (360 días) 1.000,00 €

Media 50% 3 meses (92 días) 100,00 €

Media 50% 6  meses (180 días) 250,00 €

Media 50% 12 meses (360 días) 500,00 €

6.- DOCUMENTACIÓN.

  • Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.
  • TCS de los empleados contratados, y recibos de su pago correspondiente.
  • Contrato de Trabajo firmado por ambas partes
  • Alguna nómina del trabajador y recibo justificante bancario correspondiente, debidamente firmado por la entidad bancaria o por el trabajador.

 

7.- VERIFICACION

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

 

C.2 .- APOYO ECONÓMICO A EMPRESAS –PYMES O AUTÓNOMOS- DE NUEVA CREACIÓN CON DOMICILIO FISCAL EN EL MUNICIPIO.

1.- OBJETO.

El objeto es apoyar a la creación de empresas, Pymes, autónomos, comunidades de bienes etc…

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a empresas, PYMES, Comunidades de bienes, autónomos de nueva creación con la finalidad de incentivar la instalación en el municipio e incentivar el desarrollo del tejido industrial y comercial.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las empresas, PYMES, o autónomos que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo. Y dentro de las posibilidades disponibles las ayudas se regirán en tres líneas:

1- Proyecto de Actividad

2- Gastos Generales de Constitución de la empresa.

3- Por Inicio de Actividad

 

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar constituido como empresa, autónomo, Pyme etc…

2.- Domicilio fiscal del negocio este en el término municipal de Olmedilla de Alarcón.

3.-Que hayan INICIADO una actividad empresarial dentro del año 2020, figuren como demandantes de empleo y estén empadronadas en el municipio.

4.- Que nunca antes hayan percibido esta ayuda para la actividad económica desarrollada o similar.

5.- Que cumplan con las condiciones de las ayudas.

 

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

La cuantía de la ayuda se ajustará a la siguiente tabla:

LINEA CONCEPTO IMPORTE

1- Proyecto de Actividad Para la redacción del proyecto técnico redactado por técnico competente subvencionando un 50%. Máximo 500€

2- Gastos Generales de Constitución de la empresa. Para los gastos de gestoría, notaria, desarrollo de gestiones y trámites….   Máximo 500€

3- Por Inicio de Actividad Por el inicio de una nueva actividad 500€

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.

– Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E).

– Alta en la Seguridad Social.

– NIF

– Licencia de Apertura o declaración Responsable (en caso).

– Escritura o estatutos de constitución. (cuando proceda)

– Factura original o copia compulsada de los gastos.

7.- VERIFICACION

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

 

 

C.3.- APOYO ECONOMICO PARA LA CONSTRUCCIÓN O REFORMA INTEGRAL DE LOCALES COMERCIALES Y DE NAVES INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS, O GANADERAS.

1.- OBJETO.

El objeto es apoyar a la construcción o  reforma integral de locales comerciales y de naves industriales, agrícolas, o ganaderas. Para empresas, Pymes, autónomos, comunidades de bienes etc…

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a empresas, PYMES, Comunidades de bienes, autónomos con la finalidad de incentivar la instalación en el municipio y buscar el desarrollo del tejido industrial y comercial.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las empresas, PYMES, o autónomos que construyan locales comerciales o naves agrícolas, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo.

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar constituido como empresa, autónomo, Pyme etc…

2.- Domicilio fiscal del negocio este en el término municipal de Olmedilla de Alarcón.

3.-Que hayan iniciado una actividad empresarial dentro del año 2020, y tengan la instalación o domicilio de la empresa en el mismo estén empadronadas en el municipio.

4.- Que cumplan con las condiciones de las ayudas.

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 6.000€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.

– Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E).

– Alta en la Seguridad Social.

– NIF

– Licencia de Obras.

– Escritura o estatutos de constitución. (cuando proceda)

– Factura original o copia compulsada de los gastos., para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria.

– Proyecto o memoria valorada.  

7.- VERIFICACION

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

 

C.4 APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE REDACCIÓN, DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN O REFORMA INTEGRAL DE LOCALES COMERCIALES Y DE NAVES INDUSTRIALES, AGRÍCOLAS, O GANADERAS.

1.- OBJETO.

El objeto es apoyar a la construcción reforma integral de locales comerciales y de naves industriales, agrícolas, o ganaderas. Para la instalación de empresas, Pymes, autónomos, comunidades de bienes etc… y que servirá para ayudar a financiar los gastos de proyectos para la construcción.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a empresas, PYMES, Comunidades de bienes, autónomos de nueva creación con la finalidad de incentivar la instalación en el municipio e incentivar el desarrollo del tejido industrial y comercial

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las empresas, PYMES, o autónomos que construyan locales comerciales o naves agrícolas, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo. Y que pa

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar constituido como empresa, autónomo, Pyme etc…

2.- Domicilio fiscal del negocio este en el término municipal de Olmedilla de Alarcón.

3.-Que hayan iniciado o vayan a iniciar una actividad empresarial dentro del año 2020, figuren como demandantes de empleo y estén empadronadas en el municipio.

4.- Que cumplan con las condiciones de las ayudas.

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 3.000€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

 

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.

– Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E).

– Alta en la Seguridad Social.

– NIF

– Licencia de Obras.

– Factura original o copia compulsada de los gastos., para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria.

– Copia del Proyecto.

– Hoja de encargo del proyecto o contrato de servicios.  

– Escritura o estatutos de constitución y del representante. (cuando proceda)

7.- VERIFICACION

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

C.5 APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE INVERSIÓN PARA RENOVACIÓN O MEJORA DE EQUIPAMIENTO, ADQUISICIÓN DE NUEVO EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS O MAQUINARIA PARA LA ACTIVIDAD AGRICOLA O GANADERA.

1.- OBJETO.

El objeto de esta ayuda es fomentar la modernización del tejido industrial del municipio, optando por adaptar las empresas o comercios con equipamiento moderno que suponga una optimización de las empresas y una mayor competitividad en el sector.  

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

la ayuda prevista será de aplicación a las empresas, pymes, o autónomos que, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo. y que renueven o mejoren equipamiento, adquieran nuevo equipamiento, vehículos o maquinaria para la actividad agrícola o ganadera

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

– Estar de Alta en el Régimen especial  Agrario, Actividades económicas.  

– tener un mínimo del 20% de la explotación en el término municipal de Olmedilla de Alarcón (Para explotaciones agrarias)

– Tener la explotación ganadera en el término municipal.

-la maquinaria o elemento adquirido deberá permanecer en la explotación al menos 3 años, y estado óptimo de uso , para lo cual el ayuntamiento podrá servirse para su comprobación de las visitas que estime pertinentes.

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 750€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.

– Alta en el Régimen General Agrario, Actividades económicas.  

– Alta en la Seguridad Social.

– Copia del Documento de la PAC.

– NIF

– 2 fotografías de la adquisición, donde se vea los datos que demuestren que es la adquirida dentro de ubicación de uso.

– Factura original o copia compulsada de los gastos, para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria. (especificando marca, modelo, unidades, importe …)

– Escritura o estatutos de constitución y del representante. (en caso de empresas)

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

 

C.6 APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE INVERSIÓN PARA RENOVACIÓN O MEJORA DE EQUIPAMIENTO, ADQUISICIÓN DE NUEVO EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS O MAQUINARIA PARA EMPRESAS, PYMES O AUTONOMOS DE LA LOCALIDAD QUE DESTINEN A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL O COMERCIAL.

1.- OBJETO.

El objeto de esta ayuda es fomentar la modernización del tejido industrial del municipio, optando por adaptar las empresas o comercios con equipamiento moderno que suponga una optimización de las empresas y una mayor competitividad en el sector.  

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las empresas, pymes, o autónomos que, que están instauradas en el municipio de Olmedilla de Alarcón y tienen el domicilio fiscal en el mismo. y que renueven o mejoren equipamiento, adquieran nuevo equipamiento, vehículos o maquinaria para la actividad.

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

–  Estar de Alta en Hacienda y Seguridad social.

–  Tener la sede o empresa en el municipio

– La maquinaria o elemento adquirido deberá permanecer en la explotación al menos 3 años, y estado óptimo de uso, para lo cual el Ayuntamiento podrá servirse para su comprobación de las visitas que estime pertinentes

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 750€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Industrias y empresas.

– Alta Actividades económicas.  

– Alta en la Seguridad Social.

– NIF

–  Licencia de apertura o declaración responsable de actividad

– 2 fotografías de la adquisición, donde se vea los datos que demuestren que es la adquirida dentro de ubicación de uso.

– Factura original o copia compulsada de los gastos, para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria. (especificando marca, modelo, unidades, importe …)

– Escritura o estatutos de constitución y del representante. (en caso de empresas)

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El Solicitante autoriza de facto en el momento de la solicitud al Ayuntamiento a realizar tantas comprobaciones como vistas de inspección considere este oportunas al efecto de verificar el uso adecuado de la ayuda.

 

 

D) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE AYUDAS EN MATERIA DE ASOCIACIONES.

1.- OBJETO.

El objeto de esta ayuda es fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, como el apoyo al colectivo asociativo del municipio.

Así como la promoción de las actividades culturales, (actos, charlas, talleres), deportivas, de ocio o festivas llevadas a cabo asociaciones y entidades de Olmedilla, a través del desarrollo de actividades y propuestas, en las cuales participen los vecinos del municipio y en general, que fomenten y promocionen nuestro municipio.

 

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

 

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a las asociaciones del municipio de Olmedilla de Alarcón, que estén correctamente registradas en el registro de asociaciones de la JCCM y el registro del propio ayuntamiento. Y que realicen actividades dentro del municipio.

 

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

–  Estar Inscrito en el Registro de Asociaciones de la JCCM antes del día 15 de Junio de 2020.

–  Estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.

–  Tener el domicilio fiscal en el municipio.

– Desarrollar actividades en el municipio culturales, (actos, charlas, talleres), deportivas, de ocio o festivas llevadas a cabo asociaciones y entidades de Olmedilla, a través del desarrollo de actividades y propuestas, en las cuales participen de nuestro municipio.

 

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece las cuantías de la siguiente forma:

– Cuantía Fija, para los gastos generales de mantenimiento, administración interna de la asociación, etc…, por importe de 200€

– Cuantía Variable en función de las actividades realizadas por la asociación hasta un máximo de 600€, siempre debidamente justificados los gastos de acuerdo con actividades desarrolladas, o adquisiciones imprescindibles para el funcionamiento de la Asociación.  

 

6.- DOCUMENTACIÓN.

– SOLICITUD DE AYUDA PARA ASOCIACIONES.

– NIF de la Asociación y NIF del Representante.

– Factura de los gastos realizados

– Memoria justificativa de las actividades realizadas, donde se incluya los beneficios aportados, participantes y actividades desarrolladas.

– Declaración Responsable del cumplimento de las obligaciones tributarias frente a Hacienda, la Seguridad social y el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón.

 

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

E) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN MATERIA DE VIVIENDA.

 

E.1.- APOYO ECONÓMICO PARA GASTOS DE REDACCIÓN, DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD PARA PROYECTOS DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a los vecinos de Olmedilla de Alarcón, para los gastos derivados de la redacción de proyectos de obras para la reforma de viviendas o construcción de nuevas viviendas. Fomentando así el parque de vivienda del municipio ya aptándolo para mejorar las condiciones de vida optimas de los ciudadanos del municipio.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a los empadronados en el municipio que tengan su residencia efectiva en el mismo y que hayan debido de contratar los servicios de redacción de proyecto técnico o coordinación de seguridad y salud para la reforma integral de viviendas o para la construcción de nuevas viviendas.

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar empadronado en el municipio de Olmedilla de Alarcón.

2.- Tener la residencia efectiva dentro del municipio de Olmedilla de Alarcón

3.- Haber contratado los servicios de proyecto o coordinación de seguridad y salud para la construcción o reforma integral de una vivienda.

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 1.500€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Vivienda.

– NIF

– Licencia de Obras.

– Copia del Proyecto.

– Hoja de encargo del proyecto o contrato de servicios.  

– Factura original o copia compulsada de los gastos., para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

E.2.- AYUDA PARA LA CONSTRUCCION DE NUEVAS VIVIENDAS

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a los vecinos de Olmedilla de Alarcón, para los gastos derivados de la construcción de nuevas viviendas. Fomentando así el aumento del parqué de vivienda del municipio buscando el desarrollo de la población y aumento de la misma.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a aquellos que hayan construido una vivienda o nueva o este en proceso de construcción en el municipio

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Haber construido o comenzado a construir una vivienda en el municipio de Olmedilla de Alarcón.

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Se establece la cuantía del 50% del gasto hasta un máximo de 3.000€, siempre que se cumplan los requisitos establecidos previamente y que la construcción se haya efectuado dentro del año 2020.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Vivienda.

– Declaración responsable de mantenimiento de la propiedad 2 años.

– NIF

– Licencia de Obras.

– Copia del Proyecto.

– Hoja de encargo del proyecto o contrato de servicios.  

– Factura original o copia compulsada de los gastos, para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

E.3.- AYUDA PARA LA REFORMA DE VIVIENDAS (ASEOS, COCINAS, TEJADOS Y FACHADAS)

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a los vecinos de Olmedilla de Alarcón, para los gastos derivados de la reforma de aseos, cocinas, tejados y fachadas de viviendas existentes. Fomentando así la mejora de parqué de vivienda del municipio buscando el desarrollo de la población y aumento de la misma.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a los empadronados en el municipio que tengan su residencia efectiva en el mismo y que hayan reformado un baño, cocina, tejado o fachada de una vivienda del municipio.

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar empadronado en el municipio de Olmedilla de Alarcón.

2.- Tener la residencia efectiva dentro del municipio de Olmedilla de Alarcón

3.- Haber una reforma en un baño, cocina, tejado o fachada de una vivienda en el municipio de Olmedilla de Alarcón durante el año 2020.

4.- Tener licencia de obras de este Ayuntamiento para la reforma en cuestión realizada.

5.- Tener factura de los gastos realizados.  

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Una financiara un 50% del gasto hasta una Ayuda máxima de 1.500€

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Vivienda.

– Declaración responsable de residencia efectiva y de mantenimiento de la propiedad 2 años.

– NIF

– Licencia de Obras.

– Factura original o copia compulsada de los gastos., para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

 

E.4.- AYUDA PARA LA ADECUACION CLIMATICA DE VIVIENDAS (VENTANAS, PERSIANAS, PUERTAS Y CALEFACCIONES

1.- OBJETO.

Tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la ayuda económica que el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón otorgará a los vecinos de Olmedilla de Alarcón, para los gastos derivados de la adecuación climática de viviendas favoreciendo así el ahorro energético derivado de las mismas y fomentando así la mejora de las viviendas del municipio buscando el desarrollo de la población y aumento de la misma.

2.- NATURALEZA.

La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La ayuda prevista será de aplicación a los empadronados en el municipio que tengan su residencia efectiva en el mismo y que hayan realizado un cambio ventanas, puertas o instalación de calefacciones, estufas de pellet o climatización de viviendas de su vivienda siempre y cuando estas favorezcan a la mejor climatización de dicha vivienda.  

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

1.- Estar empadronado en el municipio de Olmedilla de Alarcón.

2.- Tener la residencia efectiva dentro del municipio de Olmedilla de Alarcón

3.- Haber realizado un cambio ventanas, puertas etc… de su vivienda siempre y cuando estas favorezcan a la mejor climatización de dicha vivienda de una vivienda en el municipio de Olmedilla de Alarcón durante el año 2020.

4.- Tener licencia de obras de este Ayuntamiento para la reforma en cuestión realizada.

5.- Tener factura de los gastos realizados.  

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

Una financiara un 50% del gasto hasta una Ayuda máxima de 500€.

6.- DOCUMENTACIÓN.

– Solicitud de Ayuda en materia de Vivienda.

– Declaración responsable de residencia efectiva y de mantenimiento de la propiedad 2 años.

– NIF

– Licencia de Obras o declaración responsable.

– Factura original o copia compulsada de los gastos., para aquellos gastos que excedan de 2.500,00€, justificante de transferencia bancaria

7.- VERIFICACION.

La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria

 

F) BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE AYUDAS EN MATERIA DE AYUDAS PARA GASTO ENERGETICO.

 

1.- OBJETO.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a financiar el gasto energético en la vivienda habitual y/o de segunda residencia de las personas empadronadas y/o que residan, al menos 180 días al año en el Municipio de Olmedilla de Alarcón, correspondiente al suministro de electricidad y soportado por las personas beneficiarias que se delimitan en la base segunda.

 

2.- NATURALEZA.

Los gastos subvencionables serán los correspondientes al consumo de electricidad, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020. La cuantía de la ayuda será por el importe justificado de gasto energético durante los meses que comprende el periodo subvencionable.

 

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La concesión de subvenciones objeto de la presente convocatoria se efectuará en régimen de libre concurrencia de modo que podrán obtener subvención los/as solicitantes que, reuniendo los requisitos señalados en la base segunda, presenten su solicitud dentro del plazo señalado. Por lo que, el importe del crédito máximo consignado en la convocatoria se distribuiría, de manera proporcional, entre los solicitantes admitidos.

 

4.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.

• Estar empadronado y con residencia efectiva en el municipio de Olmedilla de Alarcón, tanto el solicitante como los convivientes.

• Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponden a la Secretaría-Intervención del mismo.

• Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la ayuda.

• Facilitar al Ayuntamiento cuanta información y/o documentación complementaria se considere necesaria para la evaluación de la solicitud de ayuda.

• Justificar el gasto energético del periodo subvencionable, con facturas y justificantes de pago.

 

5.- CUANTÍA DE LA AYUDA.

La cuantía de la ayuda dependerá de dos variables:

– En función del contrato una cantidad máxima mensual de 5,00€ por contrato.

– En función del número de habitantes que convivan en el domicilio con el solicitante, además del propio solicitante, una cantidad máxima de 4,00€/ mensuales por habitante del domicilio que este empadronado y tenga su residencia efectiva en el mismo.

En ningún caso el importe anual de la ayuda podrá superar el gasto total energético del domicilio en dicho año.  

 

6.- DOCUMENTACIÓN.

6.1.- SOLICITUD DE AYUDA PARA GASTOS ENERGÉTICOS.

6.2.- DECLARACION JURADA DE RESIDENCIA EFECTIVA DEL SOLICITANTE Y LOS CONVIVIENTES.  

6.3.- Copia del contrato vigente de suministro eléctrico vigente.

6.4.-Copia de las facturas y/o recibos del gasto en suministro de electricidad correspondientes al año subvencionado (2020), acompañados del correspondiente justificante de pago de las mismas.  

6.5.-En el caso de que el solicitante de la ayuda no coincida con el titular de los recibos o justificantes bancarios, deberá acreditarse documentalmente la relación existente entre ambos y el pago de los recibos mediante justificante de la transferencia bancaria al titular del mismo o mediante declaración jurada de éste de haber recibido el importe señalado en los mismos y copia de su DNI/NIE.

6.6.-Certificado de empadronamiento colectivo de la vivienda, donde aparezca el titular del contrato de suministro eléctrico y el resto de miembros habitantes del domicilio.

 

 

7.- VERIFICACION.

7.1- La falsedad de algunos de los datos en los documentos requeridos, implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.

7.2-La presentación de las solicitudes presume la aceptación expresa de lo establecido en las bases de esta convocatoria.

7.3- El Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón podrá reclamar la presentación de otros documentos para proveer mejor la resolución de las peticiones que se presentan.

7.4-  La tramitación del procedimiento requiere la incorporación de datos en poder de las administraciones públicas. Por lo tanto, el modelo de solicitud incluirá autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En el caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, se deberá adjuntar la documentación que acredite dichos datos, en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

 

Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes Bases, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

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